20.12.11

Agricultura prohíbe mediante resolución el uso de 22 plaguicidas


SANTO DOMINGO.- El Ministerio de Agricultura prohibió mediante resolución la comercialización de cinco plaguicidas y declaró de uso restringido a 22 productos de aplicación agrícolas en el país.

La regulación adoptada mediante la resolución número 61-2011, emitida por el ministro de Agricultura, Salvador (Chío) Jiménez, procura mejorar el sistema de control y uso de los plaguicidas en frutas y vegetales, para garantizar que los productos agrícolas cumplan con los estándares internacionales de calidad.
En el artículo primero de la resolución se prohíbe el uso en la agricultura y la comercialización de los plaguicidas Acefato, Aldicarb, Metamidofos, Monocrotofos y Ometoato.
El artículo segundo establece que los productos declarados de usos restringidos están Amitraz, Carbofuran, Clorfenapir, Clorpirifos, Diafentiuron, Diazinon, Diclorvos, Dimetoato y Endosulfan.
Además están Imidacloprid, Malation, Metiocarb, Metomil, Oxamil, Profenofos, Dicofol, Benomil, Carbendazim, Fenamidona, Propiconazol, Tiabendazol y Tiacloprid.
Indica que los productos bajo uso supervisado serán recomendados por técnicos especialistas de la Red Fitosanitaria del Departamento de Sanidad Vegetal, del Ministerio de Agricultura.
El artículo cuarto expresa que el uso de los inventarios de los plaguicidas citado en el artículo primero, y su importación ya aprobada antes de la emisión de la actual Resolución, se debe coordinar con el Departamento de Sanidad Vegetal en la división de Plaguicidas, de este Ministerio.
Además, el artículo quinto dice que todos los plaguicidas que contengan los ingredientes activos ya citado en la resolución deben estar sujetos al cumplimiento de las regulaciones de países importadoras de productos agrícolas.
En los considerandos de la resolución se establece que los Departamentos de Sanidad Vegetal e Inocuidad Agroalimentaria de la institución, ejecutan acciones concretas en la aplicación de Buenas Prácticas Agrícolas (BPA) y Buenas Prácticas de Manejo en Postcosecha (BPMP), a través del Programa de Vegetales Orientales, Frutas Frescas y Productos Afines para la Exportación (PROVOFEX).
“Que no obstante los esfuerzos realizados por las autoridades fitosanitarias y de inocuidad agroalimentaria, los productores nacionales y los exportadores para disminuir la presencia de plagas, enfermedades, residuos de plaguicidas y contaminantes biológicos en vegetales, frutas frescas y productos afines, aún se requiere de una acción de mayor alcance para fortalecer los programas destinados a garantizar la producción y el comercio de los productos mencionados libres de plagas y totalmente inocuos, según requieren las normas nacionales e internacionales”, dice la resolución en una de sus considerandos.

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